OSINFOR - SIGO

Recomendaciones para el uso del reporte Supervisiones antes de la extracción



Las supervisiones antes de la extracción, se realizan previa a la corta del árbol, luego de aprobado el plan de manejo; para ello, se debe contar con la información documentaria proporcionada por la autoridad competente o por el titular del título habilitante.

Numeral 11.1 del artículo 11° del Reglamento N° 003-2017-OSINFOR,“Reglamento para la supervisión de los recursos forestales y de fauna silvestre”.

Tener en cuenta
  • Estas supervisiones tienen como propósito verificar la existencia del recurso forestal maderable aprobado; no hace referencia a las acciones de aprovechamiento ejecutadas por el titular posteriormente.
  • Un plan de manejo supervisado antes de la extracción, puede ser objeto de una nueva supervisión durante o después del aprovechamiento; los resultados se mostrarán en el Observatorio OSINFOR.

Se deja expresa constancia que el OSINFOR no asume responsabilidad alguna por el uso o decisión final que adopte el usuario dentro de la información aqui presentada.

La información proporcionada a través de las consultas en línea del SIGO(SFC), no tiene validez para ningún trámite administrativo, judicial y otros.

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